nwh_sm_vrt_pos_rgb (2) TêTULO: POLêTICA DE ASISTENCIA ECONîMICA Y PROCEDIMIENTOS FECHA DE ENTRADA EN VIGOR ACTUAL: 01/01/2019 DECLARACIîN GENERAL DE PROPîSITO: Northwell Health se esfuerza para mejorar la salud de las comunidades que atiende y est‡ comprometida a proporcionar la m‡s alta calidad de atenci—n mŽdica a la comunidad, independientemente de su capacidad de pago. Como parte de este compromiso, Northwell Health proporciona atenci—n de emergencia y otros tipos de atenci—n necesaria por razones mŽdicas con descuento, dependiendo de las circunstancias. Esta Pol’tica de Asistencia Econ—mica (ÒFinancial Assistance Policy, FAPÓ o Òla Pol’ticaÓ) define el proceso que ser‡ utilizado para determinar si algœn paciente de Northwell Health, ya sea que no tenga cobertura de seguro mŽdico o que sea una persona subasegurada, es elegible para recibir asistencia econ—mica parcial o completa. Esta Pol’tica cumple el prop—sito que se describe en la Secci—n 501(r) del C—digo de Rentas Internas (Internal Revenue Code) como se estableci— en el 2016. POLêTICA Northwell Health est‡ comprometida a prestar servicios con descuento, basados en la necesidad econ—mica, como un beneficio comunitario para personas sin cobertura de seguro mŽdico, subaseguradas, no elegibles para participar en los programas del gobierno u otro tipo de cobertura por terceros, o que por otros motivos, no puedan pagar la atenci—n de emergencia u otra atenci—n necesaria por razones mŽdicas. Northwell Health se especializa en ayudar y asesorar a los pacientes para administrar los aspectos econ—micos de la atenci—n que reciben y para cumplir nuestro compromiso de mejorar la salud de las personas, las familias y las comunidades que atendemos. Esta Pol’tica est‡ en vigor para todos los centros hospitalarios y las cl’nicas de Northwell Health exentos de impuestos de acuerdo con la Secci—n 501(c)(3) del C—digo de Rentas Internas. Una lista de los centros hospitalarios exentos de impuestos a los que se aplica esta Pol’tica est‡ incluida en el Anexo A del sitio web del hospital en https://www.northwell.edu/billing-and-insurance/financial-assistance-programs- policies/financial-assistance-policy o est‡ disponible a solicitud. No se considera que la asistencia econ—mica sea un sustituto de la responsabilidad econ—mica personal. La asistencia econ—mica se ofrece œnicamente a las personas que no pueden pagar su atenci—n y no tienen cobertura de seguro mŽdico o son personas subaseguradas y no son elegibles para una inscripci—n actual o para recibir apoyo adicional de programas del gobierno u otra cobertura por terceros. Se espera que los pacientes cumplan con los procedimientos de Northwell Health para recibir la asistencia econ—mica u otras formas de pago y que contribuyan a costear su atenci—n con base en su propia capacidad de pago. Se animar‡ a las personas con la capacidad econ—mica de comprar un seguro mŽdico a que lo hagan, como un medio para garantizar que puedan tener acceso a los servicios de atenci—n mŽdica para su salud personal en general y para la protecci—n de sus activos personales. La asistencia econ—mica est‡ disponible solo para servicios que proporcione directamente un centro hospitalario de Northwell Health o un mŽdico que sea empleado por Northwell Health. Por medio de esta Pol’tica, Northwell Health no ayuda a ningœn paciente a pagar los servicios que proporcione un proveedor o mŽdico independiente, aunque esos servicios se presten en un centro u hospital de Northwell Health. Una lista de proveedores o mŽdicos independientes, que pueden dar atenci—n de emergencia o necesaria por razones mŽdicas en cada centro y cuyos servicios pueden no estar cubiertos por esta Pol’tica, est‡ disponible en el ApŽndice B del sitio web de Northwell Health https://www.northwell.edu/billing-and- insurance/financial-assistance-programs-policies/financial-assistance-policy. La lista de proveedores se revisa y actualiza, segœn corresponda, de manera rutinaria. ALCANCE Esta Pol’tica se aplica a todos los empleados de Northwell Health y al personal mŽdico, voluntarios, estudiantes, pasantes, personal de consultorios mŽdicos, contratistas, fideicomisarios y otras personas que trabajan para o en Northwell Health; profesores y estudiantes de la Donald and Barbara Zucker School of Medicine at Hofstra/Northwell que hacen investigaciones en nombre de la Zucker School of Medicine en cualquier centro hospitalario de Northwell Health; y profesores y estudiantes de la Hofstra Northwell School of Graduate Nursing and Physician Assistant Studies. DEFINICIONES A efectos de esta pol’tica, algunos tŽrminos se definen de la manera siguiente: Cantidad que generalmente se factura (ÒAGBÓ): la cantidad que generalmente se factura por la atenci—n de emergencia u otra atenci—n necesaria por razones mŽdicas a las personas que tienen seguro que cubre ese servicio de atenci—n mŽdica. Porcentaje de AGB: el porcentaje de los cargos brutos que un centro hospitalario usa para determinar la AGB para cualquier atenci—n de emergencia, u otra atenci—n necesaria por razones mŽdicas, que se proporcione a una persona que es elegible para recibir asistencia en virtud de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica. Documentaci—n: consta de una solicitud para participar en el programa para recibir asistencia econ—mica (ÒSolicitudÓ). La Solicitud (ya sea que se present— en documento escrito o de manera electr—nica, a travŽs de una entrevista telef—nica) incluye la verificaci—n del salario durante los œltimos treinta (30) d’as de ingresos. Situaciones mŽdicas de emergencia: como lo define la secci—n 1867 de la Ley del Seguro Social (42 U.S.C. 1395dd), tambiŽn conocida como la Ley de Tratamiento MŽdico de Emergencia y Trabajo de Parto Activo (ÒEMTALAÓ). La EMTALA define un estado mŽdico de emergencia como un estado mŽdico que se manifiesta por s’ntomas agudos de gravedad tal que es razonable esperar, que la falta de atenci—n mŽdica inmediata podr’a tener estas consecuencias: (i) poner en riesgo grave la salud de una persona; (ii) da–os graves a las funciones corporales; o (iii) disfunci—n grave de alguna parte de un —rgano del cuerpo. La EMTALA tambiŽn incluye en la definici—n de una situaci—n mŽdica de emergencia a una mujer embarazada que estŽ teniendo contracciones. Medida de cobranza extraordinaria ( ÒECAÓ): De acuerdo con la Secci—n 501(r)(6) del C—digo del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service) las ECA pueden incluir cualquiera de las siguientes medidas que un centro hospitalario adopte contra una persona para obtener el pago de una factura por atenci—n: (1) medidas que requieren un proceso legal o judicial, (2) reporte de informaci—n adversa del consumidor a agencias de reporte o an‡lisis de crŽdito, (3) formalizar un gravamen y/o ejecutar un juicio hipotecario sobre bienes inmuebles, (4) embargar o incautar una cuenta bancaria o el embargo de salarios, y (5) aplazar, negar o requerir el pago antes de a proporcionar atenci—n mŽdica que no es de emergencia debido a la morosidad de la deuda de atenci—n proporcionada previamente cubierta en virtud de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica. Familia: utilizando la definici—n de la Oficina del Censo, un grupo de dos o m‡s personas que viven juntas y que est‡n relacionadas por nacimiento, matrimonio (incluye la pareja de hecho) o adopci—n. De conformidad con las normas del Servicio de Rentas Internas, si el paciente reclama a alguien como un dependiente en su declaraci—n del impuesto sobre la renta, puede considerarse como un dependiente para los prop—sitos del suministro de la asistencia econ—mica. Northwell Health se reserva el derecho de validar la responsabilidad econ—mica de cualquier individuo indicado como miembro de la familia. Ingresos familiares: los Ingresos Familiares incluyen sueldos, salarios, compensaciones por desempleo, indemnizaci—n laboral, Seguro Social, Ingreso Suplementario de Seguridad, asistencia pœblica, pagos a veteranos, beneficios para sobrevivientes, ingreso por jubilaci—n o retiro, rentas de propiedades, ganancias y honorarios de su propio negocio, intereses, dividendos, alquileres, regal’as, ingresos de patrimonios, fideicomisos, pensiones alimenticias, manutenci—n infantil y otras fuentes diversas. Los Ingresos Familiares se determinan antes de impuestos y excluyen las pŽrdidas o ganancias de capital. Si una persona vive con una familia, se considerar‡n los ingresos de todos los miembros de la misma. (No cuentan los ocupantes de la casa con quienes no haya relaci—n de parentesco). Los beneficios no monetarios, como los cupones de alimentos y los subsidios de vivienda, no se consideran como ingresos. Cargos brutos: el cargo total por prestar al paciente la atenci—n y otros servicios en una entidad de Northwell, basado en tarifas establecidas antes de que se aplique cualquier deducci—n del cargo total. Servicios necesarios por razones mŽdicas: los servicios de atenci—n mŽdica que un mŽdico, que ejerza un juicio cl’nico prudente, proporcionar’a a un paciente con el fin de evaluar, diagnosticar o tratar un padecimiento, lesi—n, enfermedad o sus s’ntomas, y que son: (a) de conformidad con los est‡ndares generalmente aceptados del ejercicio de la medicina; (b) apropiados cl’nicamente; y (c) no principalmente para la conveniencia del paciente. Resumen de la Pol’tica en Lenguaje Sencillo (ÒPLSÓ): una declaraci—n escrita que notifica a una persona que el centro hospitalario ofrece asistencia econ—mica y proporciona la siguiente informaci—n en un lenguaje claro, conciso y f‡cil de comprender: 1. Una descripci—n breve de los requisitos de elegibilidad y asistencia que se ofrece en virtud de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica. 2. Un resumen breve de c—mo presentar una solicitud para recibir asistencia en virtud de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica. 3. La direcci—n directa del sitio web (o URL) y las ubicaciones f’sicas donde la persona puede obtener copias de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica y del formulario de solicitud. 4. Las instrucciones sobre c—mo la persona puede obtener por correo una copia gratuita de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica y de la solicitud. 5. La informaci—n de contacto, incluidos el nœmero de telŽfono y la ubicaci—n f’sica del departamento u oficina del centro hospitalario que puede proporcionar informaci—n sobre la Pol’tica de Asistencia Econ—mica y asistencia con el proceso para presentar una solicitud. 6. Una declaraci—n de la disponibilidad de traducciones de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica, la Solicitud y el Resumen en Lenguaje Sencillo en otros idiomas, si corresponde. 7. Una declaraci—n de que a una persona elegible para recibir asistencia econ—mica no se le puede cobrar una cantidad mayor que la AGB por recibir atenci—n de emergencia u otra atenci—n necesaria por razones mŽdicas. Idiomas principales: Los idiomas que hablan las personas con Dominio Limitado del InglŽs (ÒLEPÓ) que comprenden m‡s del cinco (5) por ciento o 1,000 residentes, la cantidad que sea menor, de la comunidad que atiende Northwell Health o la poblaci—n que pueda visitar o verse afectada por el hospital. Personas subaseguradas: El paciente tiene algœn tipo de seguro de atenci—n mŽdica o asistencia de terceros, pero puede tener gastos no cubiertos que superan la capacidad de pago del paciente. Sin cobertura de seguro mŽdico: El paciente no tiene ningœn tipo de seguro mŽdico ni asistencia de terceros para ayudar a cumplir sus obligaciones de pago relacionadas con atenci—n mŽdica. PROCEDIMIENTO/PAUTAS Con el fin de administrar nuestros recursos de manera responsable y para permitir que Northwell Health proporcione el nivel adecuado de asistencia econ—mica para las personas que lo necesiten, se establecen las siguientes directrices para la concesi—n de asistencia econ—mica. En consecuencia, la pol’tica incluye la siguiente informaci—n con respecto a la asistencia econ—mica; 1. Descripci—n de la base para calcular la cantidad cobrada a los pacientes elegibles para recibir asistencia econ—mica bajo esta pol’tica; 2. Descripci—n del mŽtodo por el cual los pacientes pueden presentar una solicitud para recibir asistencia econ—mica; 3. Descripci—n de la informaci—n obtenida de fuentes de datos, internas o externas, distintos de la informaci—n recibida directamente de la persona que desee recibir asistencia econ—mica, que pueda usarse, y bajo cuyas circunstancias se pueda usar una determinaci—n previa de la elegibilidad de un paciente para obtener asistencia econ—mica para determinar presuntamente que la persona es elegible para recibir asistencia econ—mica; 4. Descripci—n de la manera en que los centros de Northwell Health divulgar‡n ampliamente la Pol’tica dentro de las comunidades que atiendan; y 5. Descripci—n de los l’mites de la cantidad que un hospital cobrar‡ por la atenci—n de emergencia u otra atenci—n necesaria por razones mŽdicas, que se proporcione a las personas elegibles para recibir asistencia econ—mica el menor de los (1) importes generalmente facturados o (2) algœn descuento disponible de acuerdo con la escala m—vil que se incluye en el punto (F) de la secci—n de Procedimientos de esta pol’tica. A. Elegibilidad para recibir asistencia econ—mica Son elegibles para recibir asistencia econ—mica los pacientes que sean residentes del ‡rea triestatal de Nueva York que no tengan cobertura de seguro mŽdico, que sean personas subaseguradas, que no sean elegibles para participar en los programas del gobierno que pagar’an los servicios o, que de otra manera, no puedan pagar su atenci—n o hayan agotado sus beneficios para servicios cubiertos. El otorgamiento de asistencia econ—mica se basar‡ en una determinaci—n individualizada de la necesidad econ—mica de acuerdo con esta pol’tica y no tomar‡ en cuenta la edad, el sexo, la raza, el color de la piel, el pa’s de origen, la religi—n, el estado social o de inmigraci—n, la orientaci—n sexual, la identidad de gŽnero, la uni—n conyugal ni una discapacidad f’sica o mental. La participaci—n en la Pol’tica de Asistencia Econ—mica (a) puede depender de la disposici—n del paciente de presentar una solicitud para obtener Medicaid o cualquier otro programa de seguro pœblico para el cual el paciente pueda ser elegible basado en la evaluaci—n de Northwell Health y (b) requiere que el paciente coopere plenamente con los requisitos de la Solicitud de Northwell Health, entre ellos la divulgaci—n de informaci—n personal, econ—mica y de otro tipo que sea necesaria para la determinaci—n de la necesidad econ—mica. Al considerar las solicitudes de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica, Northwell Health se reserva el derecho a: 1. considerar la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica en cualquier momento antes o despuŽs de que se presten los servicios y/o en cualquier momento durante el ciclo de cobranza y facturaci—n; 2. pedir la solicitud para elegibilidad para recibir asistencia econ—mica para cada consulta mŽdica o admisi—n a un centro de Northwell; 3. hacer modificaciones de las dificultades financieras en algœn aspecto de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica; 4. utilizar los tŽrminos de esta pol’tica para los pacientes que residan fuera del ‡rea primaria de servicio de cada centro hospitalario, segœn lo define el Departamento de Salud del Estado de Nueva York (ÒNYSDOHÓ); y 5. utilizar la informaci—n de ingresos obtenida de recursos externos disponibles para la verificaci—n de los ingresos y el tama–o de la familia. B. Servicios elegibles bajo la Pol’tica de Asistencia Econ—mica de Northwell Health Para efectos de esta pol’tica, la Òasistencia econ—micaÓ se refiere a los servicios de atenci—n mŽdica que Northwell Health proporciona por montos con descuento para los pacientes que califiquen. (Es posible que los servicios mŽdicos prenatales y pedi‡tricos no necesiten un pago por parte de los pacientes que califiquen). Los siguientes servicios de atenci—n mŽdica son elegibles para la asistencia econ—mica: 1. servicios mŽdicos de emergencia para cualquier persona que resida en el ‡rea de servicio de Northwell Health, incluyendo los pacientes que se presenten en cualquier Departamento de Emergencia de Northwell Health (incluyendo los traslados segœn la Ley de Tratamiento MŽdico de Emergencia y Trabajo de Parto Activo [Emergency Medical Treatment and Active Labor Act, EMTALA]), prestados en una sala de emergencias; 2. servicios para un estado mŽdico que, si no se trata r‡pidamente, derivar’a en un cambio desfavorable en el estado de salud de una persona; 3. servicios no electivos prestados en respuesta a circunstancias potencialmente mortales en un entorno que no sea una sala de emergencias; y 4. servicios de atenci—n mŽdica que no son de emergencia, pero son necesarios por razones mŽdicas. El profesional de atenci—n mŽdica que proporciona la atenci—n determinar‡ la necesidad mŽdica, sin importar la capacidad de pago del paciente. Northwell Health se abstendr‡ de toda medida que desanime a las personas a que acudan a solicitar atenci—n mŽdica de emergencia. Northwell Health no requiere que los pacientes del departamento de emergencia paguen antes de recibir el tratamiento por situaciones mŽdicas de emergencia y Northwell Health tampoco permite actividades para el cobro de deudas en el departamento de emergencias ni otras ‡reas en que dichas actividades interfieran con la prestaci—n de atenci—n de emergencia de manera no discriminatoria. Para ser elegible para participar en el programa en base a los Ingresos Familiares actuales, las personas deben tener ingresos del grupo familiar inferiores a los que se muestran a continuaci—n: Grupo familiar/Tama–o de la familia Ingreso m‡ximo del grupo familiar (500% de las directrices federales de pobreza de 2020) 1 $63,800 2 $86,200 3 $108,600 4 $131,000 5 $153,400 6 $175,800 Para cada persona adicional, sume $22,400 C. MŽtodo para presentar una solicitud para recibir asistencia econ—mica 1. Se recomienda que los pacientes soliciten la asistencia econ—mica dentro de un per’odo de noventa (90) d’as despuŽs de la fecha indicada en el primer estado de cuenta ÒdespuŽs del altaÓ; sin embargo, a los pacientes se les permite un m’nimo de doscientos cuarenta (240) d’as para presentar y enviar una solicitud completada. Segœn las directrices del Servicio de Rentas Interno, un estado de cuenta por atenci—n se considera ÒdespuŽs del altaÓ si se le entrega a una persona despuŽs de que el paciente ha recibido atenci—n hospitalaria o ambulatoria. 2. Los pacientes pueden presentar una solicitud de asistencia econ—mica enviando un formulario de solicitud o a travŽs de un proceso interactivo con un asesor financiero. Para que Northwell Health haga una determinaci—n sobre la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica, los pacientes deben completar la solicitud y proporcionar toda la documentaci—n requerida. Las solicitudes se pueden obtener de las siguientes maneras: a) en l’nea en la direcci—n del sitio web de Northwell Health: www.northwell.edu/manage-your-care/financial-aid-programs/financial-assistance- program; b) llamando a un representante de servicio al cliente al nœmero de telŽfono indicado abajo en la secci—n Procedimientos, inciso (J) de esta Pol’tica; o c) comunic‡ndose con un asesor financiero en el centro respectivo indicado abajo en la secci—n de Procedimientos, inciso (J) de esta Pol’tica. 3. Se solicitar‡ a los solicitantes asistencia econ—mica que cooperen plenamente presentando una solicitud para participar en algœn programa de seguro pœblico (por ejemplo, Medicaid, Child Health Plus, etc.) para el que Northwell Health considere que el solicitante puede ser elegible. 4. Env’e por correo las solicitudes completadas a las direcciones respectivas que se indican a continuaci—n. 5. Una vez que la solicitud completada se env’e utilizando uno de los mŽtodos que se indicaron anteriormente, el paciente puede ignorar cualquier factura/estado de cuenta hasta recibir un aviso escrito respecto al estado de la solicitud de asistencia econ—mica. El paciente deber’a recibir el aviso por escrito de la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica dentro de los treinta (30) d’as siguientes a la fecha de env’o de una solicitud completa. Al recibir una solicitud de asistencia econ—mica completada, se suspender‡n todas las medidas de cobranza extraordinarias relacionadas con el paciente que estŽn en proceso. Si se determina que el paciente es elegible para recibir asistencia econ—mica, se proporcionar‡ una factura actualizada que indicar‡ la cantidad adeudada, c—mo se determin— la cantidad y el porcentaje aplicable de la AGB. Cualquier cantidad pagada en exceso de la cantidad determinada que el paciente adeuda se reembolsar‡ como corresponde. Todas las decisiones sobre la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica se har‡n por escrito. El aviso de denegaci—n para recibir asistencia econ—mica explicar‡ la raz—n de la denegaci—n, dar‡ un repaso general del proceso de apelaciones y las instrucciones para presentar una apelaci—n. Las apelaciones se pueden presentar dentro de los treinta (30) d’as siguientes al aviso de denegaci—n. Se har‡ una determinaci—n con relaci—n a la apelaci—n dentro de los treinta (30) d’as siguientes a recibir una apelaci—n. Se notificar‡ por escrito a los pacientes sobre el resultado de su apelaci—n. Si se recibe una solicitud incompleta, el paciente recibir‡ un aviso escrito que describe la documentaci—n o informaci—n adicional que se requiere para hacer una determinaci—n sobre la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica. Se espera que la documentaci—n o informaci—n adicional se proporcione dentro de los treinta (30) d’as siguientes a la fecha del aviso. El paciente deber‡ recibir los avisos de seguimiento habituales para cualquier factura pendiente; sin embargo, segœn la Secci—n 501(r)(6) del C—digo del Servicio de Rentas Internas cualquier medida de cobranza extraordinaria que se haya iniciado, se suspender‡ hasta que se haga una determinaci—n sobre la elegibilidad para recibir asistencia econ—mica. D. Documentaci—n requerida y determinaci—n para recibir asistencia econ—mica Como indica la secci—n Procedimientos (J), la oficina de asistencia financiera determinar‡ la asistencia financiera de forma individual. La documentaci—n solicitada durante el proceso de env’o de solicitud puede requerir que el paciente o el garante del paciente proporcione informaci—n personal, econ—mica o de otro tipo o documentaci—n relevante para verificar los ingresos familiares. Para hacer la determinaci—n para recibir asistencia econ—mica, es posible que sea necesario proporcionar algunos o todos de los siguientes documentos: a. una solicitud completa; b. declaraci—n(es) de impuestos del a–o anterior; c. m’nimo de dos comprobantes de pago de salario m‡s recientes; d. m’nimo de tres estados bancarios de cuenta de ahorros y cuenta corriente m‡s recientes; y e. otros comprobantes de ingresos segœn la definici—n de ÔIngreso familiarÕ en la secci—n Definiciones de esta Pol’tica; Si un solicitante no tiene alguno de los documentos indicados para comprobar los ingresos del grupo familiar, puede llamar a la oficina de asistencia econ—mica del centro hospitalario, que se indica en el inciso (J) de la secci—n de Procedimientos de esta Pol’tica, y hablar de las otras pruebas que podr’a dar para demostrar la elegibilidad. Es posible que Northwell Health solicite documentaci—n adicional relacionada con los activos de los pacientes con ingresos del grupo familiar debajo del 150% de los lineamientos federales de pobreza. Northwell Health tambiŽn puede: a) pedir al paciente que participe en iniciativas conjuntas para solicitar fuentes alternativas de pago para los servicios de atenci—n mŽdica proporcionados y obtener posiblemente cobertura de atenci—n mŽdica de programas de pago pœblicos y privados; b) tomar en cuenta los activos disponibles del paciente que superen $10,000 (excluida la residencia principal y un veh’culo utilizado para transporte diario hacia la escuela o el trabajo). Northwell Health solo considerar‡ el 25% del Òvalor libre de gravamenÓ total de los activos disponibles, que se sumar‡ a las cantidades de los ingresos familiares para determinar la elegibilidad; c) tomar en cuenta otros recursos disponibles para el paciente; e d) incluir una revisi—n de las cuentas del paciente pendientes de pago por servicios prestados anteriormente y el historial de pago del paciente. Northwell Health no negar‡ asistencia econ—mica por incumplimiento en proporcionar documentaci—n no identificada en esta pol’tica. Los servicios que no son de emergencia se pueden programar antes de hacer una solicitud para recibir asistencia econ—mica; sin embargo, generalmente es necesario hacer una determinaci—n sobre la solicitud de asistencia econ—mica antes de obtener los servicios. La solicitud de asistencia econ—mica se conservar‡ en el expediente durante tres meses y es posible que se utilice para determinar la elegibilidad para servicios prestados en el futuro. La necesidad de asistencia econ—mica puede evaluarse nuevamente en cualquier momento que se conozca informaci—n adicional pertinente a la elegibilidad del paciente para obtener asistencia econ—mica. La asistencia econ—mica se aplicar‡ en niveles aprobados a cualquier cuenta pendiente de pago que el paciente pueda tener, sin tener en cuenta la fecha del servicio. E. Presunta elegibilidad para recibir asistencia econ—mica e informaci—n obtenida de otras fuentes Existen ocasiones en las que un paciente puede recibir descuentos de asistencia econ—mica sin una solicitud de asistencia econ—mica por escrito/formal en el expediente. Con frecuencia, el paciente proporciona informaci—n adecuada o Northwell Health la obtiene a travŽs de otras fuentes, la cual puede servir como prueba suficiente para brindar al paciente asistencia econ—mica. En estos casos, Northwell Health puede recurrir a agencias externas para estimar el ingreso bruto y as’ determinar la elegibilidad o puede hacer una determinaci—n, basado en la inscripci—n del paciente en otros programas de ayuda que no estŽn relacionados con Northwell Health. Una vez que el asesor financiero lo determine, debido a la naturaleza inherente de las circunstancias presuntas, el paciente puede ser elegible para obtener descuento en el saldo de la cuenta. Si se da por sentado que un paciente es elegible para recibir menos que la asistencia m‡xima disponible en virtud de esta p—liza, Northwell Health avisar‡ al paciente, por escrito, en referencia a las bases de la determinaci—n de elegibilidad presunta para recibir asistencia econ—mica, y c—mo presentar una solicitud para obtener m‡s ayuda. TambiŽn se le proporcionar‡ al paciente una copia del PLS. Otras fuentes de informaci—n para tomar una decisi—n de elegibilidad presunta pueden incluir la participaci—n del paciente en algunos programas o la disponibilidad de informaci—n obtenida externamente, tal como: 1. programas de recetas mŽdicas financiados por el estado; 2. personas sin hogar o que recibieron atenci—n de una cl’nica para personas sin hogar; 3. participaci—n en los programas para Mujeres, Infantes y Ni–os (ÒWICÓ); 4. elegibilidad para recibir cupones de alimentos; 5. elegibilidad para participar en el programa de Almuerzo escolar subsidiado; 6. elegibilidad para participar en otros programas de ayuda locales y estatales que no estŽn financiados (por ejemplo, responsabilidad econ—mica de Medicaid); 7. se proporciona como una direcci—n v‡lida una vivienda de bajos recursos o subsidiada 8. el paciente muere sin patrimonio conocido; 9. pacientes inscritos en programas de Medicaid de servicio limitado que usen ingresos familiares definidos en o debajo del 100% de los lineamientos federales de pobreza, espec’ficamente, Medicaid solo para servicios relacionados con el embarazo-mujeres embarazadas o servicios de planificaci—n familiar y EMSA; 10. pacientes con planes de seguro de Medicaid de otros estados no participantes; 11. pacientes identificados que tengan ingresos debajo del 100% de los lineamientos federales de pobreza a travŽs de obtener acceso a fuentes externas de informaci—n despuŽs de haberse prestado los servicios; y 12. el uso de fuentes de informaci—n pœblicas disponibles (es decir, agencia de informes de crŽdito) que proporcionan informaci—n sobre la capacidad de pago del paciente o de un garante del paciente (tal como la calificaci—n crediticia). Para facilitar la recopilaci—n de documentaci—n para la tramitaci—n de la solicitud de la Asistencia Econ—mica y/o el proceso de evaluaci—n econ—mica, Northwell Health puede recurrir a consultas de crŽdito sin impacto que no son visibles/no son transparentes para los acreedores (solo evidentes para el paciente o la parte responsable), y que no tengan impacto en el estado crediticio del paciente o la capacidad para obtener un crŽdito futuro (es decir, calificaci—n de FICO). Dichas consultas se pueden usar para: 1. disminuir la carga administrativa de los pacientes (re: recopilando documentos); y/o 2. determinar la presunta elegibilidad de los pacientes, del garante y/o del representante legal del paciente que no establezcan contacto con Northwell Health durante el ciclo de cobranza y facturaci—n a pesar de los esfuerzos habituales y usuales de Northwell Health. F. Directrices para la asistencia econ—mica al paciente Northwell Health usa los lineamientos federales de pobreza (ÒFPGÓ) vigentes en el momento que se revisa la solicitud, para determinar la elegibilidad para el nivel de asistencia econ—mica. Northwell Health actualizar‡ los FPG que el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. publica anualmente, vigentes cada a–o a partir del 1 de marzo o treinta (30) d’as despuŽs de la fecha de la publicaci—n, lo que sea posterior. Con sujeci—n a la disponibilidad de otros activos: 1. los pacientes cuyos ingresos familiares sean iguales o inferiores al 100% de los FPG son elegibles para recibir servicios de emergencia, o necesarios por razones mŽdicas, sin costo o a un nivel de pago nominal definido por el NYSDOH; y 2. Los pacientes cuyos ingresos familiares sean superiores al 100%, pero no mayores que el 500% de las directrices federales de pobreza, son elegibles para recibir un descuento por servicios de emergencia o necesarios por razones mŽdicas, segœn se describe en la tabla que se encuentra abajo. Todos los pacientes sin seguro recibir‡n autom‡ticamente una reducci—n de los cargos totales a la tasa comercial del hospital, independientemente de su porcentaje segœn los FPG. Adem‡s, si se informan dificultades financieras, es posible que los pacientes subasegurados reciban asistencia econ—mica adicional. Las cantidades que se cobrar‡n a los pacientes eligibles para obtener asistencia econ—mica se describen en la tabla abajo: Salarios brutos y activos como un % de los FPG Responsabilidad del paciente (% de AGB) 100% o menos $0 - $150 101% a 125% 10% 126% a 150% 15% 151% a 200% 20% 201% a 250% 25% 251% a 300% 35% 301% a 500% 100% Para calcular las AGB, Northwell Health utiliza tarifas de Medicaid bas‡ndose en un ÒC‡lculo retroactivoÓ, segœn se define en la Secci—n 501(r)(5) del C—digo del Servicio de Rentas Internas, en todos sus centros hospitalarios exentos de impuestos con la excepci—n de Huntington Hospital Association, Northern Westchester Hospital Association, Phelps Memorial Hospital Association, Northwell Health Physician Partners (anteriormente conocido como North Shore LIJ Medical Group) y Staten Island University Hospital. Estos utilizan las tarifas de Medicare bas‡ndose en un ÒC‡lculo retroactivoÓ para las AGB. G. Comunicaci—n del Programa de Asistencia Econ—mica a los pacientes y al pœblico Northwell Health proporciona avisos pœblicos respecto a la disponibilidad de asistencia econ—mica a travŽs de diversos medios, entre ellos avisos en las facturas de los pacientes, salas de emergencias, centros de atenci—n urgente, departamento de admisi—n y registro, oficinas administrativas del hospital, cl’nicas y oficinas de servicios financieros para pacientes ubicadas en los campus de los centros hospitalarios de Northwell Health. La informaci—n tambiŽn se incluye en los sitios web de los centros hospitalarios de Northwell Health. Adem‡s, Northwell Health proporciona resœmenes del programa de asistencia econ—mica a las agencias pœblicas locales y a organizaciones sin fines de lucro que atienden las necesidades de salud de las poblaciones de bajos ingresos en la comunidad. Cualquier miembro del personal o del personal mŽdico de Northwell Health, incluso los mŽdicos, enfermeros, asesores financieros, trabajadores sociales, profesional cl’nico asignado al caso, capellanes y consejeros religiosos, pueden referir a pacientes para asistencia econ—mica. El paciente o un miembro de su familia, un amigo cercano o una persona relacionada con el paciente, con sujeci—n a las leyes de privacidad aplicables, puede hacer una solicitud para recibir asistencia econ—mica. Northwell Health tratar‡ de comunicarse con los pacientes sin seguro mŽdico, mientras se encuentren en el hospital, antes del alta del centro hospitalario de Northwell Health para brindarles asesor’a financiera, incluida informaci—n sobre los programas de pago y asistencia econ—mica. La Solicitud de Asistencia Econ—mica de Northwell Health y el Resumen en Lenguaje Sencillo de la pol’tica est‡n disponibles en inglŽs y en el idioma principal de las poblaciones con Dominio Limitado del InglŽs. Se notificar‡ a los pacientes respecto a la disponibilidad de asistencia econ—mica durante el proceso de ingreso, registro y asesor’a financiera. El PLS se ofrecer‡ a todos los pacientes como parte del proceso de ingreso. A veces es posible ofrecer servicios de traducci—n para pacientes que no hablan inglŽs y que no cumplen con los criterios del idioma extranjero principal. H. Pol’ticas de facturaci—n y cobranza Northwell Health tiene pol’ticas y procedimientos para las pr‡cticas de cobranza internas y externas (incluso medidas que el hospital puede tomar en caso de incumplimiento de pago, entre ellas, medidas de cobranza y reporte a las agencias de crŽdito) que toman en cuenta hasta quŽ punto el paciente califica para recibir asistencia econ—mica, la iniciativa de buena fe del paciente con el fin de presentar una solicitud para participar en un programa gubernamental o para recibir asistencia econ—mica de Northwell Health y la iniciativa de buena fe del paciente de cumplir con sus acuerdos de pago con Northwell Health. A los pacientes que califican para recibir asistencia econ—mica y que est‡n cooperando de buena fe para resolver su factura con descuento del hospital, Northwell Health puede ofrecer planes de pagos extensos, y no impondr‡ embargos al salario ni grav‡menes sobre las residencias principales, y suspender‡ todas las iniciativas de cobranza, a menos que se infrinja el acuerdo de pago o el paciente deje de cooperar con Northwell Health para saldar su cuenta. Todos los estados de cuenta que env’a Northwell Health incluyen un aviso expl’cito respecto a la disponibilidad de asistencia econ—mica, junto con un nœmero de telŽfono al cual el paciente puede llamar para recibir informaci—n sobre la Pol’tica de Asistencia Econ—mica y asistencia con el proceso de solicitud. Los estados de cuenta tambiŽn incluir‡n la direcci—n del sitio web en donde se pueden obtener copias de la Pol’tica de Asistencia Econ—mica, la Solicitud y el PLS. Ni Northwell Health, ni sus agentes, tomar‡n medidas de cobranza (ÒECAÓ) extraordinarias hasta 120 d’as despuŽs de que el hospital proporcione al paciente el primer estado de cuenta despuŽs del alta. A los pacientes tambiŽn se les proporcionar‡n un m’nimo de treinta (30) d’as de aviso previo al inicio de cualquier ECA. Northwell Health se reserva el derecho a tomar dichas medidas contra cualquier persona que haya aceptado la responsabilidad o que se requiera que acepte la responsabilidad de la factura del hospital de un paciente. Este aviso informar‡ a los pacientes de la disponibilidad de la asistencia econ—mica, y de toda medida de cobranza extraordinaria que Northwell Health pudiera iniciar o reanudar si un paciente no ha pagado un saldo pendiente ni ha iniciado el proceso para recibir asistencia econ—mica. TambiŽn se incluir‡ una copia del PLS con el aviso de 30 d’as. I. Requisitos normativos Northwell Health cumplir‡ con todas las leyes, normas y reglamentos federales, estatales y locales que puedan aplicar a las actividades realizadas de conformidad con esta pol’tica. J. Oficinas de asesor’a financiera de Northwell Health La Unidad de Asistencia Econ—mica de Northwell Health que se indica abajo ofrece servicios de asesor’a para los siguientes centros: North Shore University Hospital; Long Island Jewish Medical Center; Cohen ChildrenÕs Medical Center; The Zucker Hillside Hospital; Long Island Jewish Forest Hills, Long Island Jewish Valley Stream, Huntington Hospital; Lenox Hill Hospital; Manhattan Eye, Ear and Throat Hospital; Staten Island University Hospital; Glen Cove Hospital; Plainview Hospital; Southside Hospital, Syosset Hospital y South Oaks Hospital. Northwell Health Financial Assistance Unit 35 Pinelawn Road Melville, NY 11747-9001 TelŽfono: 1.800.995.5727 Direcci—n postal: Northwell Health Financial Assistance Unit PO Box 9001 Melville, NY 11747-9001 Direcci—n del sitio web: www.northwell.edu/manage-your-care/financial-aid-programs/financial-assistance-program Northern Westchester Hospital Financial Assistance Unit 400 East Main Street Mount Kisco, NY 10549-1096 TelŽfono: 914.666.1512 Direcci—n del sitio web: www.nwhc.net/for-patients-and-visitors/financial-assistance Phelps Memorial Hospital Center Financial Counseling 701 North Broadway Sleepy Hollow, NY 10591-1096 TelŽfono: 914.366.3133 Correo electr—nico: billing@pmhc.us Direcci—n del sitio web: www.phelpshospital.org/patient-visitor-info/billing/ Peconic Bay Medical Center Financial Assistance Coordinator 1300 Roanoke Avenue Riverhead, NY 11901 TelŽfono: 631.548.6099 Direcci—n del sitio web: www.pbmchealth.org/medical-centers-and-services/peconic-bay-medical- center/billing/